PLANES
DE SUPRESIÓN Y DE SEGURIDAD EN PASOS A NIVEL
Los pasos a nivel son
un problema común a todos los ferrocarriles del
mundo. Así, países que cuentan con redes
tanto ferroviarias como carreteras muy avanzadas, mantienen
sin embargo un elevado número de pasos a nivel.
La distancia media entre pasos a nivel es de solo 1,3
km en EE.UU., de 2,0 km en el Reino Unido o de 1,7 km
en Francia, frente a 3,0 km en España. Nuestro
país se encuentra por tanto en una posición
comparativamente buena respecto de otras redes, si bien
los accidentes que continúan produciéndose
(en el entorno de 30 anuales) hacen necesario reforzar
las actuaciones.
En España, desde
1978 no se autoriza el establecimiento de nuevos pasos
a nivel, y desde 1987 los cruces de carreteras u otras
vías de comunicación con líneas
férreas que se produzcan por el establecimiento
o la modificación de cualquiera de ellas deben,
en todo caso, realizarse a distinto nivel.
1.- CLASIFICACIÓN
DE LOS PASOS A NIVEL
1.1.
Normativa anterior (hasta el 31-10-2020)
La Orden Ministerial de 2 de agosto de 2001 por la que
se desarrolla el artículo 235 (modificado por
el Real Decreto 780/2001, de 6 de julio) del Reglamento
de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres,
en materia de supresión y protección de
pasos a nivel, tenía la finalidad de establecer
un marco normativo más adecuado que permitiera
proceder a la supresión del mayor número
posible de pasos a nivel y mejorar los niveles de protección
de los subsistentes a fin de reducir los riesgos de
accidentes en los mismos.
Esta Orden establecía 6 clases
de protección para los pasos a nivel:
-
Clase A. Pasos
a nivel sin guardería y protegidos con señales
fijas exclusivamente (PNSG).
-
Clase B. Pasos
a nivel protegidos con señales luminosas
además de con señales fijas.
-
Clase C. Pasos
a nivel protegidos con semibarreras, dobles semibarreras,
o barreras automáticas o enclavadas, además
de con señales fijas y señales luminosas.
-
Clase D. Pasos
a nivel protegidos en régimen de consigna.
[Nota]
-
Clase E. Pasos
a nivel protegidos con barreras o semibarreras con
personal a pie de paso (PNG).
-
Clase F. Pasos
a nivel con protección específica
para pasos a nivel destinados al uso exclusivo de
peatones o de peatones y ganado.
Cada paso a nivel pues,
quedaba clasificado en función de su situación,
la intensidad de las circulaciones y de la visibilidad,
en una de estas 6 clases de protección, para
las cuales la Orden fijaba las características
de la protección (señalización
a la vía férrea y señalización
a la carretera o camino) correspondientes.
CLASIFICACIÓN
DE LOS PASOS A NIVEL (hasta
31-10-2020) (Orden
Ministerial de 2 de agosto de 2001) |
Clase |
Aplicación de
la protección |
Clase A |
1. Pasos a nivel en vía general: Cuando
el Momento de circulación (A x T) del paso
a nivel presente un valor inferior a 1.000, excepto
cuando se cumpla el requisito 2 de la clase B.
2. Pasos a nivel en estaciones: Sólo con
carácter transitorio hasta tanto sea posible
establecer la protección de clase C. |
Clase B |
Pasos a nivel situados en
vía general de líneas en las que
se establezcan por dichos pasos velocidades ferroviarias
superiores a 40 Km/h, que presenten cualquiera
de las siguientes características:
1. Cuando el Momento de circulación (A
x T) del paso a nivel presente un valor igual
o superior a 1.000 e inferior a 1.500 y el factor
A sea inferior a 100.
2. Cuando el Momento de circulación (A
x T) del paso a nivel presente un valor superior
a 100 e inferior a 1.000 y su distancia de visibilidad
real sea inferior a la distancia de visibilidad
técnica. |
Clase C |
1. Pasos a nivel en vía general: Los
situados en líneas en las que se establezcan
por el paso a nivel velocidades ferroviarias superiores
a 40 Km/h, cuando el Momento de circulación
(A x T) del paso a nivel presente un valor igual
o superior a 1.000 e inferior a 1.500 y el factor
A sea mayor o igual a 100.
2. Pasos a nivel en estaciones: En todos los
pasos a nivel a excepción de los particulares
y los exclusivos de peatones o de peatones y ganado
en los que se establezcan velocidades ferroviarias
superiores a 40 Km/h, independientemente del valor
de su Momento de circulación (A x T). |
Clase D |
Pasos a nivel situados tanto en vía
general como en estaciones, en líneas en
las que no se alcancen por el paso a nivel velocidades
ferroviarias superiores a 40 Km/h, cuando el Momento
de circulación (A x T) sea superior a 1.000
e inferior a 1.500.
Podrá ser sustituida por la de clase B
o C, siempre que exista acuerdo entre la Administración
titular de la carretera o camino y la empresa
explotadora de la infraestructura ferroviaria. |
Clase E |
En ningún caso se establecerán
nuevas protecciones de esta clase.
Exclusivamente con carácter transitorio
hasta que se lleve a efecto la instalación
de la protección de clase, B o C, que en
cada caso corresponda. |
Clase F |
Pasos a nivel destinados al uso exclusivo de peatones
o de peatones y ganado. |
DEFINICIONES
- Pasos a nivel en vía general:
Aquellos que se encuentren situados dentro de
la zona comprendida entre las señales
de entrada de dos estaciones ferroviarias consecutivas.
- Pasos a nivel en estaciones:
Aquellos que se encuentren situados dentro de
la zona comprendida entre las señales
de entrada de una estación ferroviaria.
- Visibilidad técnica:
La distancia en metros que recorre un tren a
la velocidad máxima permitida, durante
el tiempo que tarda en cruzar el vehículo
de carretera, de un lado a otro, el paso a nivel.
La distancia de visibilidad técnica de
cada paso a nivel se obtiene mediante la aplicación
de la siguiente fórmula, establecida
en función de la velocidad máxima
del tren en kilómetros/hora en el momento
de su cruce por el paso a nivel y en el número
de vías a atravesar por el vehículo
de carretera en dicho paso:
Dt = 1,1 x Vm x (6,25 + n)ˆ1/2
Dt: distancia de visibilidad técnica
del paso a nivel en metros.
Vm: velocidad máxima del tren en km/h
a la altura del paso a nivel.
n: número de vías existentes
en el paso a nivel.
- Visibilidad real: La distancia
que existe entre el punto de intersección
de los ejes del ferrocarril y la carretera y
el punto donde se encuentra el móvil
ferroviario que se dirige hacia dicho paso,
en el preciso momento en que el mismo comienza
a divisarse desde el punto de parada obligatoria
en la carretera o camino, y que corresponde
a cinco metros antes del carril más próximo
de la vía. La citada distancia se medirá
sobre el eje de la vía.
Se considerará como visibilidad real
de un paso a nivel la menor de las cuatro visibilidades
reales que se pueden obtener y que corresponden
a cada uno de los dos sentidos de la vía
férrea desde cada uno de los lados del
paso a nivel.
|
1.2.
Normativa actual
El Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad
operacional e interoperabilidad ferroviarias, deroga
la Orden Ministerial de 2 de agosto de 2001, considerando
paso a nivel como cualquier intersección a nivel
entre una carretera o camino y una línea férrea,
reconocida por el administrador de infraestructuras
y abierta a usuarios públicos o privados. Así
mismo, se considerarán dentro del paso a nivel
los quince metros del camino existentes a ambos lados
de la vía.
Los pasos a nivel se
clasifican en: según la titularidad de los mismos
(públicos o particulares); según su vida
útil (permanentes o provisionales) y según
su uso específico (de vehículos aunque
puedan ser utilizados también por peatones, de
peatones, o de peatones y ganado), especificando los
criterios para definir la clase de protección
mínima asociada a cada paso a nivel. Así,
en función de factores tales como tráfico
de vehículos, número de circulaciones
ferroviarias, número de peatones que utilizan
el paso, distancias de visibilidad, ubicación,
etc., se determina la clase de protección a aplicar.
Establece las siguientes
clases de protección de pasos a nivel ordenadas
en función creciente del nivel de protección
al usuario de la carretera o camino:
CLASIFICACIÓN
DE LOS PASOS A NIVEL (Real
Decreto 929/2020, de 27 de octubre) |
Clase |
Aplicación de
la protección |
P |
Pasos a nivel con protección pasiva, es
decir, que no disponen de ningún sistema
de aviso o protección que advierta al usuario
(conductor o peatón) de la llegada del tren. |
A |
Pasos
a nivel con protección activa, es decir,
que disponen de un sistema de aviso y/o protección
que advierte al usuario (conductor o peatón)
de la llegada del tren. Dentro de este grupo se
distinguen:
- Clase A1 (protección manual):
El aviso o la protección al
usuario son activados o realizados manualmente
por personal ferroviario. Se regulan mediante
Consigna del administrador de infraestructuras.
- Clase A2 (protección automática
con aviso del lado del usuario):
El aviso al usuario es activado de
forma automática por el tren que se aproxima
o como consecuencia del establecimiento de un
itinerario que afecte al paso.
- Clase A3 (protección automática
con protección del lado del usuario):
La protección al usuario es
activada de forma automática por el tren
que se aproxima o como consecuencia del establecimiento
de un itinerario que afecte al paso. Quedan
comprendidos en esta clase los pasos a nivel
que, además de la protección,
dispongan de dispositivos de aviso al usuario.
- Clase A4 (protección automática
con protección del lado de la vía):
Una señal o un sistema de protección
de tren le permiten franquear normalmente el
paso a nivel tras comprobar que este se encuentra
completamente protegido por el lado del usuario
y está libre de obstáculos.
|
1.2.1. Criterios para aplicación
de las clases de protección
Uso específico |
Velocidad máxima
del tren en el paso
a nivel (km/h) |
Ubicación |
A x T |
A |
Visibilidad real
(Drv) |
Clase de protección mínima
(4)(5) |
Vehículos |
≤ 40 |
|
|
|
≥ Dtp
(Suficiente) |
P |
|
< Dtp
(Insuficiente) |
A2 (1) |
40 < Vm < 160 |
Plena Vía
|
< 1000 |
|
≥ Dtp
(Suficiente) |
P |
|
< Dtp
(Insuficiente) |
A2 (1) |
1000 ≤ AxT
< 1500 |
< 100 |
|
≥ 100 |
|
A3 |
≥1500 |
|
|
Estación |
|
|
|
≥ 160 |
|
|
|
|
Cruces a distinto nivel |
Pasos a nivel provisionales |
A1 |
Pasos a nivel que
requieran protección completa del lado
del usuario, así como detección
de obstáculos durante la activación
de la protección |
A4 |
Uso específico |
Velocidad máxima
del tren en el paso
a nivel (km/h) |
Ubicación |
Visibilidad real
(Drp) |
P x T |
P |
Clase de protección
mínima (4)(5) |
Peatones,
con o sin ganado (2) |
≤ 40 |
|
≥ Dtp
(Suficiente) |
|
|
P |
< Dtp
(Insuficiente) |
|
|
A2 |
40
< Vm < 160 |
Plena Vía
|
≥ Dtp
(Suficiente) |
< 1000 |
< 100 |
P |
≥ 100 |
P (3) |
≥ 1000 |
< 100 |
P |
≥ 100 |
A2 |
< Dtp
(Insuficiente) |
|
|
Estación |
|
|
|
≥ 160 |
|
|
|
|
Cruces a distinto nivel |
(1) |
Alternativamente se admite
protección A1 en los casos en los
que A x T < 100 y T = 2. |
|
|
(2) |
Paso a nivel peatonal aislado o formando
parte de un paso a nivel con varios usos
específicos. |
|
|
(3) |
Se instalará A2 en los pasos a
nivel con dos usos específicos, peatonal
y vehículos, cuando para este último
se disponga de un sistema de protección
activo clase A2, A3 o A4. |
|
|
(4) |
En función de la siniestralidad
y otros factores externos o ambientales
como días de niebla, el administrador
de infraestructuras valorará la conveniencia
de adoptar un nivel superior. |
|
|
(5) |
El administrador de infraestructuras
puede valorar complementar la protección
del paso con sistemas de grabación
que permitan la identificación de
infractores en pasos en zonas densamente
pobladas, con alta intensidad de usuarios
o con antecedentes de siniestralidad. En
ese caso, se dispondrá la correspondiente
señalización informativa de
los sistemas de grabación. |
|
|
DEFINICIONES
- Paso a nivel:
Cualquier intersección
a nivel entre una carretera o camino
y un ferrocarril,reconocida por el administrador
de infraestructuras y abierta a usuarios
públicos o privados. Se excluyen
los cruces entre andenes dentro de las
estaciones o apeaderos, así como
los cruces para uso exclusivo de la
actividad ferroviaria o de los servicios
de emergencia.
- Paso a nivel en plena vía:
Es el situado en la zona de vía
comprendida entre las señales
de entrada de dos estaciones ferroviarias
colaterales.
- Paso a nivel en estación:
Es el situado en la zona de vías
comprendida entre las señales
de entrada de una estación ferroviaria.
- Paso a nivel activo:
Es el que protege a los usuarios del
paso o les avisa de la aproximación
del tren, mediante la activación
de dispositivos físicos situados
en el paso, que le informan de cuando
no es seguro cruzar este.
- Paso a nivel automático:
Es el situado en plena vía y
cuya protección se activa automáticamente
al aproximarse un tren al mismo.
- Paso a nivel enclavado:
Es el situado entre las señales
de entrada de una estación, cuya
protección se activa mediante
el establecimiento de un itinerario
que le afecte, y se desactiva con la
progresiva disolución del itinerario
al avanzar el tren.
- Momento de circulación
(AxT): Producto de las intensidades
medias diarias de vehículos (A)
y de trenes (T) que atraviesan el paso
a nivel a lo largo de 1 año.
Es un parámetro característico
y representativo de un día medio
del año.
En el caso de pasos a nivel que temporalmente
deban soportar un incremento de tráfico
debido a la realización de obras
en sus proximidades, el valor de (A)
se estimará teniendo en cuenta,
adicionalmente, el movimiento de vehículos
generado tanto por la propia obra como
por eventuales desvíos de tráfico.
- Momento de circulación
peatonal (PxT): Producto de
las intensidades medias diarias de usuarios
(P) y de trenes (T) que atraviesan el
paso a nivel a lo largo de 1 año.
Es un parámetro característico
y representativo de un día medio
del año.
-
Visibilidad
técnica (Dtv o Dtp):
Distancia en metros que recorre un
tren a su velocidad máxima
permitida, durante el tiempo que tarda
en cruzar el vehículo de carretera
o peatón de un lado al otro
del paso a nivel. Se define para cada
uso específico, y se calcula
mediante la aplicación de las
siguientes fórmulas.
-
Visibilidad
real (Drv o Drp): Distancia,
medida a lo largo del eje de vía,
que existe entre el punto de intersección
de los ejes del ferrocarril y la carretera
o itinerario peatonal, y el punto
donde se encuentra el tren que se
dirige hacia el paso, en el preciso
momento en que dicho tren comienza
a divisarse desde el punto donde está
situado el usuario del paso.
|
|
1.3. Equivalencias
de las clases de protección de pasos a nivel
El Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre establece
que los administradores de infraestructuras mantendrán
un inventario de todos los pasos a nivel existentes
en las líneas ferroviarias que administren,
tanto de los de titularidad pública como de
los particulares (artículo 50), dando un plazo
de veinticuatro meses desde la publicación
del real decreto (31 de octubre de 2020) para disponer
del inventario actualizado.
Al objeto de definir la equivalencia
de las clases de protección de pasos a nivel
entre la normativa vigente [Real Decreto 929/2020,
de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad
ferroviarias y ETC PN (Especificación Técnica
de Circulación. Sistemas de Protección
en Pasos a Nivel)] y la Orden Ministerial derogada,
Adif ha desarrollado la norma NAPN: Equivalencia de
clases de protección de pasos a nivel, que
se resume en los siguientes cuadros:
2.- LEGISLACIÓN APLICABLE
A LOS PASOS A NIVEL
3.- INVENTARIOS DE PASOS A NIVEL
A 30 de junio de 2004 (fecha considerada
en el inventario del Plan de Seguridad en Pasos a
Nivel 2005-2012) existían 4.465 pasos a nivel
en la red ferroviaria estatal, de los que 3.737 afectaban
a caminos de titularidad pública en servicio.
El resto de los pasos hasta completar los 4.465 de
la red ferroviaria estatal, son caminos particulares
y líneas que no tienen servicio actualmente.
INVENTARIO
DE PASOS A NIVEL (30-06-2004)
|
TITULAR DEL VIAL |
TITULAR DEL FERROCARRIL |
TOTAL |
ADIF |
FEVE |
Ministerio de Fomento |
15 |
6 |
21 |
Comunidades Autónomas |
159 |
67 |
226 |
Diputaciones |
103 |
12 |
115 |
Ayuntamientos |
2.470 |
848 |
3.318 |
Otras Administraciones |
51 |
6 |
57 |
Total Públicos en Servicio |
2.798 |
939 |
3.737 |
Particulares |
421 |
196 |
617 |
Sin servicio |
111 |
0 |
111 |
TOTAL |
3.330 |
1.135 |
4.465 |
Fuente: Ministerio de Fomento. |
Tal como muestra el cuadro
anterior, sólo 21 pasos de los 4.465 afectan
exclusivamente a carreteras del Estado; el resto afecta
a viales de titularidad autonómica, local o
particular, por lo que la responsabilidad es compartida
y hace imprescindible la cooperación de las
administraciones titulares de los viales para poder
llevar a cabo las actuaciones del plan y lograr el
objetivo de incrementar la seguridad vial y ferroviaria.
Hay que tener en cuenta que un paso
a nivel es competencia de dos Administraciones, la
titular del ferrocarril (Ministerio de Fomento) y
la titular del camino, calle o carretera (en su mayoría
Ayuntamientos, Diputaciones y Comunidades Autónomas),
que deben estar de acuerdo en la solución para
la supresión del paso a nivel. Se requiere,
pues, una actuación concertada de las Administraciones
afectadas, incluyendo la elaboración de un
proyecto específico que debe tomar en consideración
las propuestas y alegaciones presentadas por la población
afectada.
El esfuerzo inversor pues, va orientado
sobre todo, a los pasos a nivel que afectan a caminos
de titularidad pública en servicio. El resto
de los pasos todavía existentes afectan a caminos
particulares, y tienen un tratamiento diferenciado,
dado que en su mayor parte se rigen por autorizaciones.
A este respecto, el artículo
18 del Reglamento del Sector Ferroviario establece
que la supresión de pasos a nivel, su reordenación
o, en su caso, la instalación de los sistemas
de protección de éstos, será
por cuenta de los organismos o entidades que tengan
a su cargo las carreteras si el factor A de su momento
de circulación tiene un valor igual o superior
a 250 y, por cuenta de los organismos o entidades
que tengan a su cargo la infraestructura ferroviaria,
si el factor T de su momento de circulación
es igual o superior a 6. En caso de darse simultáneamente
ambos supuestos anteriores, el coste de la obra se
repartirá por mitades entre los referidos organismos
o entidades interesadas.
La supresión de pasos a nivel
y su reordenación se financiarán con
cargo al presupuesto del Ministerio de Fomento o de
las entidades que tengan a su cargo la infraestructura
ferroviaria, cuando sobre ellos se establezcan circulaciones
ferroviarias a velocidad igual o superior a 160 kilómetros
por hora.
Esta situación aconseja emprender,
además de las actuaciones de supresión
de pasos a nivel, otras complementarias de mejora
de la seguridad en pasos existentes en espera de su
supresión. De esta manera pueden conseguirse
mejoras apreciables a corto y medio plazo en la seguridad.
3.1. Evolución
histórica de pasos a nivel
En diciembre de 1974 había un total de 10.360
pasos a nivel (casi la totalidad con guardabarreras
o particulares); diez años después se
contabilizaban 6.766 y en diciembre de 1997 su número
se redujo a 4.362. Finalmente, cuando se elaboró
el inventario la cifra se fijó en los 3.737
pasos a nivel de titularidad pública.
EVOLUCIÓN
HISTÓRICA DE PASOS A NIVEL |
CLASIFICACIÓN
ANTIGUA [1] |
EXISTENCIA AL |
P.N.G. |
P.N.P. |
P.N.G. + P.N.P. |
P.S.G.P. + PARTICULARES |
TOTAL P.N. |
01-01-2000 |
95 |
732 |
827 |
3.279 |
4.106 |
|
CLASIFICACIÓN
ORDEN MINISTERIAL DE 2-8-2001, HASTA 31-10-2020
[2] |
EXISTENCIA
AL |
CLASE
A |
CLASE
B |
CLASE
C |
CLASE
D |
CLASE
E |
CLASE
F |
CLASE
P |
TOTAL |
|
TOTAL
OTLE |
01-01-2000 |
2.617 |
64 |
709 |
20 |
34 |
107 |
555 |
4.106 |
|
|
01-01-2001 |
2.464 |
78 |
685 |
16 |
19 |
90 |
535 |
3.887 |
|
|
01-01-2002 |
2.378 |
101 |
686 |
17 |
11 |
87 |
490 |
3.770 |
|
|
01-01-2003 |
2.242 |
119 |
670 |
11 |
10 |
84 |
464 |
3.600 |
|
|
01-01-2004 |
2.040 |
164 |
635 |
16 |
9 |
81 |
443 |
3.388 |
|
|
01-01-2005 |
1.805 |
255 |
623 |
16 |
6 |
79 |
424 |
3.208 |
|
|
30-09-2005 |
1.684 |
286 |
594 |
17 |
2 |
75 |
414 |
3.072 |
|
|
31-12-2006
[3] |
- |
419 |
576 |
17 |
2 |
- |
- |
2.885 |
|
|
31-12-2007 |
1.346
(600) |
425
(47) |
553
(176) |
17
(0) |
2
(0) |
77
(60) |
391
(150) |
2.811
(1.033) |
|
|
31-12-2008 |
1.205
(590) |
484
(58) |
533
(176) |
17
(0) |
2
(1) |
74
(69) |
384
(130) |
2.699
(1024) |
|
|
31-12-2009 |
1.157
(694) |
476
(67) |
509
(184) |
17
(0) |
2
(4) |
72
(68) |
380
(0) |
2.613
(1.017) |
|
|
31-12-2010 |
1.121
(675) |
458
(77) |
480
(178) |
17
(0) |
2
(4) |
72
(67) |
372
(0) |
2.522
(1.001) |
|
|
31-12-2011 |
1.082
(650) |
449
(83) |
464
(180) |
17
(0) |
1
(4) |
67
(68) |
359
(0) |
2.439
(985) |
|
|
31-12-2012 |
1.067
(639) |
443
(85) |
453
(181) |
17
(0) |
0
(4) |
66
(68) |
354
(0) |
2.400
(977) |
|
|
31-12-2013 |
1.058
(630) |
441
(85) |
445
(179) |
17
(0) |
0
(4) |
62
(67) |
342
(0) |
2.365
(965) |
|
|
2014
[4] |
1.507 |
524 |
618 |
11 |
1 |
114 |
475 |
- |
|
3.250 |
2015
[4] |
1.477 |
518 |
604 |
11 |
1 |
114 |
467 |
- |
|
3.192 |
2016
[4] |
1.459 |
518 |
595 |
11 |
1 |
111 |
454 |
- |
|
3.149 |
2017
[4] |
1.452 |
519 |
601 |
9 |
0 |
111 |
452 |
- |
|
3.144 |
2018
[4] |
1.450 |
519 |
598 |
9 |
0 |
110 |
451 |
2.196
(948) [5] |
|
3.137 |
2019
[4] |
1.473 |
514 |
593 |
17 |
0 |
110 |
441 |
- |
|
3.148 |
CLASIFICACIÓN
ACTUAL (Real decreto 929/2020) [6] |
AÑO |
CLASE
P |
CLASE
A1 |
CLASE
A2 |
CLASE
A3 |
CLASE
A4 |
TOTAL
OTLE |
2020
[4] |
1.993 |
15 |
526 |
577 |
3 |
3.114 |
2021
[4] |
1.917 |
11 |
507 |
558 |
3 |
2.996 |
|
CORRELACIÓN
ENTRE LA CLASIFICACIÓN ANTIGUA
Y LA OM 2-8-2001:
- P.N.G. (Paso a Nivel Guardado): Se desglosan
entre las clases C (41), D y E.
- P.N.P. (Paso a Nivel Protegido): Se
desglosan entre las clases B (668) y C.
- P.S.G.P. (Paso Sin Guarda Públicos)
y Particulares: Se desglosan entre las
clases A, F y Particulares.
CORRELACIÓN
ENTRE LA CLASIFICACIÓN OM 2-8-2001
Y LA ACTUAL:
Ver apartado 1.3. Equivalencias
de las clases de protección de
pasos a nivel.
- Clase A (Señalización
Horizontal y Vertical, SHV): Clase P.
- Clase B (Señalización
Luminosa y Acústica, SLA): Clase
A2.
- Clase C (Barreras o semibarreras): Se
desglosan en clases A1, A3 y A4, en función
de su equipamiento (SBA, SBE, etc.)
- Clase D (Cadenas): Clase A1.
- Clase E (Guardería con personal
a pie de paso): Clase A1.
- Clase F: Se desglosan en clases P o
A2, según dispongan de Señalización
Luminosa y acústica Peatonal (SLP).
- Particulares: Clase P.
|
|
[1] |
Corresponden a los pasos a nivel de la
antigua Red de RENFE (líneas de ancho
ibérico y línea 116 los Cotos
a Cercedilla), gestionada desde 2005 por
Adif. |
|
|
[2] |
Fecha de entrada en vigor del Real
decreto 929/2020, de 27 de octubre que
deroga la Orden de 2 de agosto de 2001.
Entre paréntesis figuran los correspondientes
a la Red de vía estrecha de la
extinta Feve, administrada desde 2013
por Adif (RAM). |
|
|
[3] |
La Memoria anual está incompleta
y no aporta datos sobre las clases F y P.
Según dicha Memoria (página
46), los pasos a nivel en la Red administrada
por Adif ascendían, a dicha fecha,
a 2.885. |
|
|
[4] |
Las Memorias anuales publicadas por
el Ministerio de Fomento (CIAF) omiten
los datos. Los datos que figuran en cursiva
proceden del Observatorio del Transporte
y la Logística en España
(OTLE). Total OTLE, sin diferenciar por
red.
Con la desaparición de FEVE en
2013, la Red de Ancho Métrico (RAM)
se integra en Adif. A partir del año
2014 los datos incluyen la RAM.
|
|
|
[5] |
Elaboración propia a partir de
diversos documentos de Adif sobre las Características
de la Red por Áreas de Circulación,
a 31-12-2018. |
|
|
[6] |
Como consecuencia de la aplicación
del Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre,
sobre seguridad operacional e interoperabilidad
ferroviarias, Adif ha adoptado una nueva
clasificación de pasos a nivel por
clase de protección, de modo que
para los años anteriores no se dispone
de datos desagregados de acuerdo con esta
última clasificación. |
|
Fuentes:
RENFE, Adif y Ministerio de Fomento. |
PASOS
A NIVEL SUPRIMIDOS |
Periodo |
Nº Pasos suprimidos |
1943-1974 |
1.141 |
1975-1985 |
3.594 |
1986-1990 |
917 |
1991-1996 |
806 |
1997-1999 |
937 |
2000-2005 |
940 |
2006-2012 |
1.931 (previsión) [1] |
Fuente: RENFE, Adif y Ministerio
de Fomento. |
[1] |
Desde el 24-8-2007, fecha en que se publicó
el primer balance del Plan, las administraciones
competentes no han facilitado más
información. |
|
DISTRIBUCIÓN DE LOS PASOS A NIVEL
(Desde 2008 las administraciones competentes
no han facilitado más información) |
Comunidad Autónoma |
nº |
Suprimidos |
Actuaciones |
Actualización |
31-08-2006 |
31-10-2007 |
nº |
En estudio |
En proyecto |
En obras |
Andalucía |
702 |
41 |
62 |
379 |
141 |
198 |
40 |
31-12-2006 |
Aragón |
181 |
52 |
118 |
88 |
16 |
53 |
19 |
12-09-2008 |
Cantabria |
221
(180) |
16 |
17 |
61 |
38 |
17 |
6 |
31-12-2006 |
Castilla y León |
459
(292) |
106 |
141 |
239
(68) |
130
(42) |
79
(20) |
30
(6) |
01-12-2008 |
Castilla-La Mancha |
274 |
13 |
23 |
79 |
40 |
9 |
30 |
31-10-2007 |
Cataluña |
234
|
52 |
49 |
120 |
48 |
25 |
47 |
07-11-2008 |
Comunidad de Madrid |
37 |
2 |
5 |
6 |
2 |
3 |
1 |
16-04-2007 |
Comunidad Foral de Navarra |
9 |
10 |
15 |
SD |
SD |
SD |
3 |
31-12-2006 |
Comunidad Valenciana |
135 |
54 |
56 |
85 |
11 |
58 |
16 |
01-09-2009 |
Extremadura |
316 |
36 |
43 |
64 |
28 |
33 |
3 |
31-12-2006 |
Galicia |
257 |
82 |
125 |
179 |
44 |
82 |
53 |
31-12-2006 |
La Rioja |
37 |
0 |
1 |
SD |
SD |
4 |
SD |
05-04-2019 |
País Vasco |
58
(99) |
14 |
21 |
29
(31) |
12
(26) |
8
(5) |
9
(0) |
24-09-2005 |
Principado de Asturias |
477
(440) |
37 |
66 |
213
(207) |
169
(132) |
40
(43) |
4
(32) |
31-12-2006
31-10-2008 |
Región de Murcia |
83 |
18 |
25 |
70 |
41 |
16 |
13 |
17-12-2008 |
Solo se incluyen los pasos a nivel
incluidos en la REFIG (Red Ferroviaria de Interés
General).
Entre paréstesis figuran los pasos a nivel
de la red de la extinta Feve, gestionada desde
2013 por Adif.
SD: Datos no disponibles.
Fuentes: Elaboración propia. En cursiva,
Ministerio de Fomento.
|
4.- PLAN DE SEGURIDAD EN PASOS
A NIVEL 2005-2012 (PEIT)
El Plan de Seguridad en Pasos a Nivel
se presenta como desarrollo de las previsiones del
Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte
2005-2020 (PEIT) y está destinado a cumplir
uno de sus objetivos principales: la mejora de las
condiciones de seguridad de las infraestructuras de
transporte, en este caso concreto, un ferrocarril
seguro sin accidentes en pasos de nivel.
El Plan fue presentado el 19 de abril
de 2005 y se desarrollará en ocho años,
2005-2012 con una inversión de 1.320 millones
de euros, el 80 por ciento de los cuales será
aportado por el Ministerio de Fomento y el 20 por
ciento restante por Comunidades Autónomas y
Ayuntamientos a través de convenios con el
Ministerio.
Nuevos criterios
de riesgo
La legislación vigente
marca únicamente como factor en la evaluación
del riesgo la intensidad de circulación de
trenes y vehículos:
"En todo caso, se procederá,
con carácter prioritario, a la supresión
de los pasos a nivel que se encuentren situados en
líneas en las que se circule a velocidad igual
o superior a 160 kilómetros por hora, así
como de aquellos otros en los que el producto de la
intensidad media diaria de vehículos de carretera
(A) por la circulación media diaria de trenes
(T) presente un valor igual o superior a 1.500"
(artículo 18 del Reglamento del Sector Ferroviario).
Esta magnitud (A x T), se denomina
Momento de Circulación de un paso a nivel y
queda definido como el indicador estadístico
determinado por el producto de la intensidad media
diaria de circulación de vehículos por
el tramo de carretera afectado por el paso (A) y del
número de circulaciones diarias de trenes por
el tramo de vía igualmente afectado (T).
El Plan introduce nuevos criterios
como el historial de accidentes, la visibilidad, la
protección disponible -señales fijas,
luminosas, barreras automáticas, etc.- y la
velocidad en el paso de los trenes.
Al aplicar la nueva metodología,
se establecen tres categorías que, de mayor
a menor riesgo, son:
-
410 pasos con
Riesgo 1º o de mayor riesgo.
-
889 pasos con
Riesgo 2º o de riesgo medio.
-
2.438 pasos con
Riesgo 3º o de menor riesgo.
Este análisis
de riesgo se ha realizado para los 3.737 pasos a nivel
que afectan a caminos de titularidad pública.
El resto, correspondientes a pasos particulares y sin
servicio, tienen un tratamiento diferenciado en el marco
del plan.
Actuaciones
y objetivos
El Plan de Seguridad en
Pasos a Nivel integra una programación que prioriza
las actuaciones acorde con el nivel de riesgo de cada
paso y coordina su ejecución tanto con los diferentes
titulares de los viales -ayuntamientos y comunidades
autónomas fundamentalmente- como con los nuevos
trazados previstos en el PEIT.
El Plan prevé
la supresión, a fecha del inventario, del 50%
de los 3.737 pasos a nivel que afectan a caminos de
titularidad pública en servicio y la mejora del
sistema de protección de los restantes. El resto
de los pasos de la red ferroviaria estatal, son caminos
particulares y líneas que no tienen servicio
actualmente y tienen un tratamiento diferenciado dentro
del plan (Ver cuadro "INVENTARIO DE PASOS A NIVEL
(30-06-2004)".
En el primer cuatrienio
de Plan (2005-2008) se invertirán un total de
560 millones de euros, de los cuales 440 corresponden
al Ministerio de Fomento y los 120 millones restantes
a las comunidades autónomas y ayuntamientos.
En el segundo cuatrienio (2009-2012), la inversión
total asciende a 760 millones de euros, de los cuales
640 corresponden al Ministerio de Fomento y los 120
restantes a Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.
En el primer cuatrienio
(2005-2008), el objetivo es la supresión de los
pasos de mayor riesgo y garantizar la mayor seguridad
en el resto, con especial atención a los situados
en un entorno urbano. En estos cuatro años se
prevé la supresión de 731, la actuación
sobre los sistemas de protección de 545, así
como la mejora de las condiciones de otros 2.461 pasos.
24/08/2007
- Primer Balance del Plan de Seguridad en Pasos a Nivel
2005-2012.
En el segundo cuatrienio
(2009-2012) se habrán suprimido 1.200 pasos a
nivel y se habrán realizado actuaciones sobre
los sistemas de protección en 1.301, así
como sobre las condiciones del paso en otros 505.
Al término del
Plan (año 2012) se habrán suprimido en
total 1.931 pasos a nivel, cifra que incluye los calificados
en el Plan de riesgo 1 y riesgo 2 y se habrán
mejorado los sistemas de protección en los restantes
1.806.
Además de las
citadas actuaciones en infraestructuras, a lo largo
del Plan se desarrollarán campañas de
concienciación ciudadana en prensa, radio y televisión,
con el objetivo de fomentar el respeto del usuario -automovilista
y peatón- a las señales y dispositivos
de seguridad. Estas campañas intentarán
coincidir con los periodos de mayor siniestralidad.
Desde 2008 el Ministerio
de Fomento no ha hecho públicos datos oficiales
ni ofrecido información sobre el balance final
de dicho Plan.
5.- PLAN DE SUPRESIÓN DE
PASOS A NIVEL 2017-2024
El 1 de agosto de 2016
Adif licitó un contrato para "la redacción
de proyectos constructivos para supresión de
pasos a nivel en diversas Líneas. Plan 2016-2024".
Dicho contrato, dividido en 9 lotes, se anunció
como una primera fase de trabajos de un plan de supresión
de pasos a nivel, con un horizonte de ejecución hasta
2024.
Sin embargo, el 8 de
noviembre de 2016, se publica el anuncio por el que
se pospone la fecha de apertura de ofertas económicas
quedando en consecuencia suspendido el procedimiento
de contratación, comunicando finalmente por Resolución
de 25 de noviembre de 2016 el desistimiento del procedimiento
de adjudicación de dicho contrato (BOE de 29
de noviembre de 2016) al objeto de "introducir
mejoras en los pliegos".
Esta primera fase ha
vuelto a ser relanzada en 2017 con la publicación
de un nuevo anuncio de licitación para la eliminación
de un primer lote de 74 pasos a nivel repartidos por
once comunidades autónomas. De ellos, 33 corresponden
a la red convencional en ancho ibérico (RC) y
otros 41 a la red de ancho métrico (RAM) heredada
de la extinta Feve.
27/01/2017
- Adif licita la redacción de los proyectos de
supresión de 74 pasos a nivel.
Con el nuevo Plan de
Supresión de Pasos a Nivel 2017-2024 Adif pretende la
"progresiva" supresión de aquellos pasos a nivel cuyo
uso por parte de vehículos de carretera ha crecido en
los últimos años "como consecuencia del desarrollo urbano
de distintos núcleos de población".
Este contrato, estimado
en 5.840.008,48 €, Adif pretende llevarlo a cabo
con "la solución técnica más adecuada" para cada paso
a nivel" y contar en un mismo proyecto todas las medidas
y aspectos necesarios para después acometer las obras
de eliminación del cruce. Estos trabajos se contratarán
en una segunda fase, también mediante una licitación
pública.
Adif, administradora
de la infraestructura ferroviaria en España,
ha invertido unos 300 millones de euros en los últimos
siete años en suprimir o mejorar este tipo de infraestructuras.
En concreto, en este periodo ha destinado 220 millones
a eliminación de este tipo de cruces, otros 52 millones
a mejorar las protecciones y los sistemas de seguridad
y señalización de los aún existentes, y 25 millones
más a instalar cerramientos para evitar el acceso de
personas o animales a las líneas de ferrocarril.
6.- ACTUACIONES
(solo Castilla-La Mancha y área de influencia)
|